Tribunal federal revoca suspensión provisional contra la militarización de la GN

Los magistrados determinaron que quien promovió el amparo no representa un interés jurídico o legitimo para solicitar la interrupción del decreto.

Fernanda Durán

El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, con sede en Guanajuato, anuló la suspensión provisional otorgada a organizaciones civiles tras 53 amparos contra la reforma que incorpora la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

El pasado 13 de octubre, la organización Uniendo Caminos México informó que el Juez Noveno de Distrito en la entidad concedió la suspensión provisional contra la adhesión de la GN a la Sedena, con el objetivo de que se declarara como un decreto inconstitucional.

Sin embargo, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito declaró fundado por unanimidad un recurso de queja del Gobierno y revocó el amparo 1161/2022 del Noveno Juzgado de Distrito en Irapuato.

“Concluimos entonces recurso de queja administrativa 758/2022 queda resuelto por unanimidad de votos en los términos siguientes: fundado recurso y en la materia del mismo revoca suspensión provisional para negarla”, señaló la sentencia.

La suspensión indicaba que “no se transfiera el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional y dicho organismo continúe bajo el mando de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana como prescribe el artículo 21 de la Constitución”.

Por ello, la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana (SSPC) y la Sedena debían suspender la transferencia de recursos presupuestarios, financieros y materiales.

Los magistrados determinaron que Ángel Castro Gómez, defensor de derechos humanos que promovió el amparo, no representa un interés jurídico o legitimo para solicitar la interrupción del decreto, sino que corresponde a un interés simple, no permitido en la materia de amparo.

Por su parte, el magistrado Gerardo Mendoza Gutiérrez argumentó que Ángel Castro debía sustentar algún daño de difícil reparación directo y personal que pudiera provocarle la transferencia de la GN al Ejército.

“No se puede presumir válida y objetivamente que el decreto que ordena el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Sedena le genere al quejoso un agravio diferenciado, esto es, distinto al que pudiera resentir el resto de la sociedad”, argumentó.

Luego de la revocación, las organizaciones que encabezan los amparos contra la militarización manifestaron que interpondrán un recurso de revisión, además invitaron a la ciudadanía, a través de su cuenta de Twitter, a unirse a los amparos para “inundar” los juzgados y “no permitir el control militar”.

Mientras tanto, la jueza Noveno de Distrito con residencia en Guanajuato, Karla María Macías Lovera, quien otorgó la suspensión provisional, tiene prevista para este viernes 21 de octubre la audiencia para resolver si se establece la suspensión definitiva del decreto.

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