Por Victoriano Martínez
¿Qué tanto la estrategia de un abogado defensor de un imputado que es declarado culpable exhibe actitudes de una genuina búsqueda de justicia y qué tanto deja indicios de que se rebasa una línea en la que, antes que justicia, se busca favorecer al defendido, aún a costa de estigmatizar a la víctima?
En el caso de la defensa de Alejandro Fernández Montiel, durante las 18 audiencias del juicio se dieron indicios de maniobras más allá de lo legítimamente permitido por parte del equipo de abogados encabezado por Marco Polo Méndez Alonso con intenciones de inclinar la balanza a favor del imputado.
Para un abogado, buscar favorecer a su defendido es lo más lógico. Pero dejar indicios incluso de posibles confabulaciones con servidores públicos relacionados con la defensa de la víctima para afectar su representación, con sustituciones señaladas fuera de toda lógica, como los inesperados cambios del enviado por la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, ya no lo es tanto.
Si con ese tipo de maniobras se abre la sospecha de que se rebasó la línea de buscar justicia para intentar imponer una razón a toda costa, con el descarnado enfoque de la defensa por descargar parte de la responsabilidad del delito cometido en el propio afectado, pasar esa línea alcanzó una intolerable estigmatización y revictimización del afectado, desde las primeras audiencias.
Así se advirtió en la Caja Negra del pasado 15 de julio:
Responsabilizar en parte a la víctima por lo que le pasó, según los reportes periodísticos de las audiencias tanto en Astrolabio Diario Digital como en MG Radio, ha dado paso al uso de testigos –incluidos familiares del menor– para pretender que se juzgue a la víctima por la condición de su entorno familiar y el efecto que tuvo en él desde niño, a un grado estigmatizante.
No sólo se cae en culpar al menor de edad por su propia victimización, sino que es notorio que se busca crear una historia de la que se concluya que la víctima estaba de acuerdo con lo que le pasaba, lo que resulta muy conveniente para la defensa de Alejandro N., porque la causa penal abierta se refiere sólo a los hechos del 14 de octubre de 2019, cuando la víctima tenía 15 años de edad.
¿Hasta dónde es válido que la defensa del inculpado pueda revictimizar de esa manera a un menor de edad con tal de atenuar la responsabilidad de su defendido? ¿Hasta dónde lo puede tolerar el Tribunal de Enjuiciamiento Colegiado? ¿En qué medida una defensa del inculpado tan agresiva hacia la víctima atenta contra la protección del interés superior de la niñez?
Las manifestaciones a través de redes sociales por parte de Méndez Alonso tras la declaración de culpabilidad de su cliente –“La supuesta víctima no lo es, un Tribunal débil, ignorante, irresponsable, eso es lo que vimos”– resultan consistentes con la actitud que claramente pretendía imponer una razón aun a costa de estigmatizar y revictimizar al menor de edad afectado.
Con la advertencia “se va a caer su sentencia junto con el Tribunal”, Méndez Alonso llegó al extremo de descalificar al Poder Judicial del Estado (PJE), representado institucionalmente en el juicio por el Tribunal de Enjuiciamiento Colegiado (TEC), cual si su convicción por la justicia dependiera de que necesariamente lo favoreciera a él, y especialmente a su cliente.
Si el caso Alejandro Fernández Montiel dejó abierta la pregunta “¿Qué tanto puede un abogado rebasar una línea en la que, antes que justicia busque favorecer a su defendido, aun a costa de estigmatizar a la víctima?”, hoy que Méndez Alonso está en la antesala de convertirse en juez, tras la resolución del TEC, la legítima aspiración del abogado vuelve a poner a prueba al Poder Judicial:
¿Hasta dónde el deber del Poder Judicial de garantizar justicia a la sociedad lo obliga a considerar la abierta actitud de un abogado para estigmatizar y revictimizar a un menor de edad por encima del interés superior de la niñez con tal de favorecer a su cliente y que, ante un fallo adverso, descalifica al Tribunal, para determinar si es apto o no para convertirse en juez?