Abelardo Medellín
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) valoró como improcedente la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el Partido Conciencia Popular en contra de la reforma al artículo 6 de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí, la cual modifica el inicio del proceso electoral a más tardar el 30 de septiembre del año anterior al del año inmediato anterior al de la elección.
En un comunicado emitido el pasado lunes 7 de septiembre, la SCJN validó el decreto por el cual se reformó la Ley Electoral del Estado abrogada el 30 de junio pasado, publicada el 29 de mayo del 2020 en el Periódico Oficial de la Federación.
En el oficio no. 165/2020 emitido por la Suprema Corte, dicha entidad resuelve que “el cambio de fecha del proceso electoral […] no afectó los principios de certeza electoral y seguridad jurídica, pues dicha modificación no alteró las normas que regían el proceso”.
Asimismo, califica como “infundada” la acción de inconstitucionalidad número 171/2020 que promovió el Partido Conciencia Popular (PCP) y presentó al STJN el 6 de agosto pasado, ya que “la legislación electoral (tanto la anterior a la reforma como la reformada) señala que el proceso electoral comienza con la sesión pública en la que el órganos de dirección del Consejo Estatal Electoral y Participación Ciudadana del Estado convoque a sus partidos políticos para que designen a sus representantes y apruebe el calendario electoral”, situación que no ha ocurrido y desestima el argumento del PCP de haber incurrido en una inconstitucionalidad por haber iniciado ya el proceso.
Cabe recordar que la reforma a la que el Partido Conciencia Popular interpuso la acción de inconstitucionalidad fue aprobada por unanimidad con 26 votos a favor, en la Sesión Ordinaria del 21 de mayo, la cual comprendía modificar a los artículos 6°, en su fracción XXXIV, 46, 284 en su párrafo primero, y 286, en su párrafo primero, de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí.
Hay que mencionar que el intento fallido por declarar inconstitucional una reforma a la Ley Electoral del Estado, no ha sido la primera vez que el Partido Conciencia Popular entra en controversia con los cambios necesario que requiere la normativa, pues desde que se comenzó a discutir la reforma, el dirigente del PCP y diputado en la actual legislatura, Oscar Vera Fábregat, ha expresado un desacuerdo con cambios a como el que pretendía aumentar el porcentaje de votos necesarios para la obtención de una diputación plurinominal, de 3.0 a 3.7 por ciento.
Tal fue el desacuerdo del diputado Vera Fábregat con dicha reforma planteada en la sesión del Pleno del 28 de junio pasado, que el legislador lo tachó de ser una agresión para los partidos pequeños, que son contrapeso de las acciones que impulsan partidos más grandes.