Villa de Pozos: la maldición de las firmas y la compulsa

Por Victoriano Martínez

Todo está listo para que este martes los 27 diputados de la LXIII Legislatura decreten la municipalización de la Delegación de Villa de Pozos, aunque con el sello de la descarada sumisión al gobernador Ricardo Gallardo Cardona: pifias por las prisas por complacer al personaje a quien le rinden culto.

Lejos va quedando la pifia con que se inauguró esta Legislatura al convocar a Ricardo Gallardo Juárez a rendir protesta como gobernador y corregir de último momento el dictamen para cambiar el segundo apellido del mandatario. Entonces la pifia fue un error que resultó sencillo corregir.

Hoy, en el dictamen de la municipalización de Villa de Pozos la pifia no parece ser un descuido, sino un acto premeditado para ocultar información que resulta fundamental para la validez del instrumento que detonó todo el proceso municipalizador: la verificación de las firmas que acompañaron a la solicitud de convertir esa demarcación en municipio.

Un requisito que ni un burócrata principiante lo deja pasar: si el trámite requiere copia de la credencial de elector y no aparece con la solicitud, no se le da trámite. Los diputados dejaron esa verificación para el final y desde el 15 de junio, porque les bastó que en la propia solicitud los peticionarios afirmaron cumplir ese requisito, iniciaron el proceso.

El lunes 25 de septiembre, el Congreso del Estado recibió del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) los resultados del plebiscito y los de la compulsa de las credenciales de elector de quienes firmaron la solicitud de municipalización, además de tener noticia de la suspensión provisional a la posibilidad de decretar el nuevo municipio por un Tribunal Federal.

El resultado del plebiscito cubrió el séptimo de los requisitos del artículo 47 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, en tanto que la compulsa fue la verificación tardía del cumplimiento del requisito de la fracción primera del mismo artículo.

El resultado del plebiscito fue público. Los resultados de la compulsa son hasta ahora objeto de tal ocultamiento que ni en el dictamen de municipalización publicado en la Gaceta Parlamentaria fueron incluidos, a pesar de ser la base fundamental para validar la solicitud para municipalizar Villa de Pozos.

En el dictamen, sólo se menciona en el considerando séptimo como una acción que se solicitó realizar a las autoridades electorales. Más adelante, en la consideración décima tercera se vuelve sobre el tema del cumplimiento de los requisitos de ley y se afirma, sin mencionar la compulsa, que se cumplió con el requisito del 25 por ciento de firmas de la lista nominal de la demarcación.

Pero las pocas cifras reveladas, tanto en el dictamen como en la sesión de comisiones en la que dictaminaron la municipalización y el comunicado oficial, no cuadran.

Durante la sesión de las comisiones, se señaló sin mostrar completo el documento en la pantalla en la que se proyectaba la información, que se lograron validar 22 mil 501 firmas que representaban el 25.68 por ciento de la lista nominal. El dato lo confirmaron en el comunicado oficial del Congreso del Estado.

Por sentido común, esa tendría que ser la información desglosada en el dictamen. No obstante, al abordar el cumplimiento de los requisitos en las consideraciones sobre la fracción I del artículo 47 de la Ley Orgánica del Municipio Libre se limita a señalar:

Acudieron en número más del 25% de los ciudadanos inscritos en la Iista nominal de electores de la circunscripción territorial que se pretende erigir como municipio, que es el equivalente a 23,674 ciudadanos, por lo que al tener el respaldo de 31,895 ciudadanos, sí se acredita que los solicitantes presentan respaldo ciudadano mayor al establecido como mínimo legal para solicitar la creación de un nuevo municipio, lo que se puede observar en la siguiente documentación; y se cumple con este requisito.

En el dictamen se afirma que el 25 por ciento de los ciudadanos inscritos en la Iista nominal de electores de Villa de Pozos son 23 mil 674, mientras en la sesión de las comisiones dictaminadores y confirmado en el comunicado oficial, se afirma que 22 mil 501 electores representan el 25.68 por ciento. ¿Acaso decretarán que 22 mil 501 es una cifra mayor a 23 mil 674?

Con el dictamen sobre Villa de Pozos, los diputados no sólo juegan a estar listos para dictaminar en cuanto la audiencia del Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito confirme o no la suspensión este mismo martes, sino también a lograr, vía opacidad, evadir una explicación clara sobre la validez de las firmas que respaldan la solicitud que justifica lo actuado.

Una exhibición de servilismo tal que, en las prisas por complacer a Gallardo Cardona, las pifias y las acciones ridículas ya son lo de menos.

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