Por Victoriano Martínez
Mientras más se exhibe la urgencia por municipalizar la Delegación de Villa de Pozos para convertirlo en territorio con dominio gallardista-verdecologista en las elecciones de 2024, más queda expuesta la ignominiosa sumisión de las instituciones involucradas a los intereses y caprichos del gobernador Ricardo Gallardo Cardona… y el alcance de ese dominio.
El viciado proceso de municipalización tenía como momento culminante el decreto que se aprobaría este martes 3 de octubre, para librar la prohibición constitucional para realizar cambios en materia electoral 90 días antes del arranque del proceso electoral que, para 2024, iniciará el 2 de enero, tras su aplazamiento por una reforma de último momento a la Ley Electoral del Estado.
Una fecha límite que muestra que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana no sólo se sometió de manera humillante a realizar el plebiscito del pasado 24 de septiembre con un presupuesto muy por debajo de lo que ese mismo organismo señaló como límite mínimo para que la realización del ejercicio democrático no resultara imposible.
Por ley, el CEEPAC pudo haber citado a la ciudadanía a votar en el plebiscito hasta el 16 de octubre. Por necesidad de los tiempos para alcanzar los objetivos gallardistas lo programó para el 24 de octubre para llegar a este martes 3 con ese requisito resuelto y poder incluir en el decreto la instrucción para que se incorpore el nuevo municipio a las elecciones organizadas para el 2 de junio del próximo año.
La suspensión provisional decretada por el Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito el 25 de septiembre, que impide declarar el nuevo municipio hasta que se resuelva el fondo del amparo del que se derivó la medida (expediente 1282/2023 del Juzgado Primero de Distrito) rompió los tiempos que creyeron plenamente controlados.
Un descontrol que se reflejó en la sesión plenaria del Congreso del Estado, con tres recesos para intentar ajustar los tiempos para esperar a que el Juzgado federal emitiera la resolución de la audiencia incidental que coincidió con el último día para poder decretar disposiciones en materia electoral.
Primero, se modificó el orden del día para mandar el decreto de creación como último punto a tratar en la sesión. Luego otro receso para regresar con una corrección al dictamen para incorporar los resultados de la compulsa de las firmas que acompañaron la petición de municipalización al dictamen.
Una corrección de forma que, de acuerdo con la última parte del artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, debió realizarse antes de que el dictamen se publicara en la Gaceta Parlamentaria, requisito que no se cumple, por mucho que el diputado José Luis Fernández Martínez haya pedido incorporar el cambio a ese documento.
Votar hoy que ya no se pueden decretar disposiciones en materia electoral la municipalización incurriría en una falla en el procedimiento por no haber sido publicado el dictamen total en la Gaceta Parlamentaria con 48 horas de anticipación y, en caso de incorporar el artículo transitorio para establecer la realización de elecciones en el nuevo municipio, viciaría su validez.
Abrir un tercer receso que lleve la sesión de un día para otro porque el Juzgado federal no emitió su resolución en la audiencia incidental difícilmente resuelve esas dos irregularidades. En cambio, muestra que los alcances sobre el dominio y sumisión de otras instituciones no llega a instancias fuera del ámbito estatal.
El proceso municipalizador no encontró la más mínima resistencia en el CEEPAC, incapaz de hacer valer las condiciones para un plebiscito real y no simulado.
Tampoco encontró resistencia en los municipios de Soledad de Graciano Sánchez, Zaragoza y Cerro de San Pedro que dieron su opinión favorable a crear el municipio de Villa de Pozos, con una tímida petición del último sobre correcciones en el polígono por invasiones a su territorio, que no se reflejaron en el dictamen por aprobarse.
El Ayuntamiento de San Luis Potosí, el afectado en su territorio, presupuesto y población, también dio su aprobación sin aportar un estudio que justifique la inexistencia de posibles afectaciones no sólo a lo que quedará como municipio capitalino, sino a los habitantes del nuevo municipio. Una vergonzosa sumisión unánime por parte todos los integrantes del Cabildo.
Una sumisión que no advirtió sobre la posible afectación a los habitantes de Villa de Pozos, cuyo potencial ayuntamiento enfrentaría dificultades presupuestales para enfrentar directamente la administración municipal y la prestación de servicios.
La nómina municipal da una idea: lo que hoy se gasta en sueldos de los empleados de la Delegación se multiplicaría por seis y tendría que salir de un presupuesto separado del que hoy tiene a su disposición el municipio en conjunto. Si eso pasa con la nómina, igual efecto tendrán los costos de los servicios públicos.
Pero el intento por jugar con una carta que no está entre sus dominios, el juzgado federal, resultó un estruendoso fracaso que aplazó para hoy lo que, si esa instancia hubiese asumido la condescendencia de las instancias estatales, este miércoles habría amanecido el decreto de municipalización publicado ayer mismo, como se tenía planeado.
Si a pesar de todo hoy decretan la creación del municipio 59, que en la incorporación a la Ley Orgánica del Municipio Libre en orden alfabético lo coloca con el número 53, sólo acumularán más irregularidades al procedimiento totalmente desaseado por las prisas, y con tal descuido al grado de que los más afectados podrían ser los habitantes del nuevo municipio.