¿Y si ponen el Sistema Estatal de Servidores Públicos y Particulares Sancionados al día?

Por Victoriano Martínez

La intención del Congreso del Estado de registrar las sanciones a los ex integrantes del Cabildo de San Luis Potosí, encabezados por Xavier Nava Palacios, bien podría dar un impulso involuntario a la Plataforma Digital Estatal (PDE) que, desde finales del sexenio pasado, no ha logrado incorporar a todos los entes a sus sistemas de información.

Hasta ahora, ante la poca voluntad de los altos funcionarios de los entes públicos, la PDE funciona con apenas dos de los seis sistemas de información que contempla la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA).

El primero que se puso en operación fue el sistema de declaraciones de situación patrimonial y de intereses, al que ya se han incorporado los 58 ayuntamientos, seis de los siete organismos autónomos y sólo uno, el Congreso del Estado, de los tres poderes. Ha publicado 33 mil 916 de más de 80 mil que deberían estar publicadas. Una opacidad de más del 55 por ciento.

El segundo de los sistemas que ya opera en la PDE es el correspondiente a Servidores que Intervienen en los Procesos de Contratación, al que se han incorporado hasta este martes 36 de los 58 ayuntamientos, seis de los siete organismos autónomos y de los tres poderes, sólo el Congreso del Estado.

La renuencia del Poder Ejecutivo, a pesar de haber presumido como propio el documento de la Política Anticorrupción elaborado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal Anticorrupción (SESEA) con la colaboración de la UASLP, persiste, lo mismo que de parte del Poder Judicial, a pesar de ocupar una silla en el órgano de gobierno del SEA.

El tercer sistema de información de la PDE que está por entrar en operación corresponde precisamente a la relación de Servidores Públicos y Particulares Sancionados que es el espacio en el que, por ley, se tendrían que publicar los nombres de Nava Palacios y los demás funcionarios inhabilitados por el Congreso del Estado.

La Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas le ordena a la Auditoría Superior del Estado (ASE) en su artículo 62 registrar la relación de servidores públicos sancionados en la PDE, en tanto que la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción señala (artículo 53) que en esa publicación se debe atender a lo que establece la Ley de Transparencia.

La fracción XXIII del artículo 84 de la Ley de Transparencia determina que se debe difundir de oficio “el listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición”.

En el apartado correspondiente a esa fracción, la ASE no ha publicado el nombre de ninguna persona sancionada, en tanto que el Congreso del Estado sólo ha publicado la sanción a su excoordinador de Asuntos Jurídicos, Roy González Padilla, a pesar de que la sanción a los exfuncionarios municipales se dio desde el 18 de diciembre de 2021.

En el caso de la ASE, presenta como argumento para no publicar sanciones el hecho de que “se encuentra transcurriendo el termino para interponer alguno de los medios de defensa”.

Si las sanciones a los exfuncionarios municipales aún no son definitivas por estar sometidas a un juicio de amparo que se encuentra en revisión en un Tribunal Colegiado, tiene sentido que aún no aparezcan publicadas en la Plataforma Estatal de Transparencia y, en la PDE aún no pueden aparecer porque ese sistema de información todavía no opera.

El documento que emitió la ASE en el que hace constar localizó el registro de sanción firme en contra de Nava Palacios lo funda en el último párrafo del artículo 27 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios que dice:

“Los entes públicos, previo al nombramiento, designación o contratación de quienes pretendan ingresar al servicio público, consultarán el Sistema Estatal de Servidores Públicos y Particulares Sancionados de la Plataforma Digital Estatal, con el fin de verificar si existen inhabilitaciones de dichas personas”.

Si hoy 15 de febrero de 2023 se consulta “el Sistema Estatal de Servidores Públicos y Particulares Sancionados de la Plataforma Digital Estatal”, cualquier persona podrá darse cuenta de que ahí no aparece un solo personaje sancionado y sí la leyenda “todos los datos mostrados son ficticios y son meramente para pruebas del sistema”.

¿Cómo logró la ASE hacer constar un registro cuando el Sistema aún se encuentra vacío? Parece más una acción similar a la emisión de la sanción que se adelantó a la determinación del juicio de amparo por la construcción del puente en el Bulevar Antonio Rocha Cordero, en un golpeteo politiquero con intercambio de victorias pírricas.

Un efecto positivo en todo esto podría ser que para dar consistencia a las certificaciones de la ASE, los más interesados en que el registro de la sanción a Nava Palacios y compañía estén disponibles aceleren el Sistema Estatal de Servidores Públicos y Particulares Sancionados de la PDE, lo pongan al día y de paso se adhieran a los que hasta hoy han evadido.

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